Orden de 8 de agosto de 2011, por la que se acuerda exceptuar de lo dispuesto en el artículo 124.1 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, a determinados beneficiarios de subvenciones del Programa Presupuestario 44H, al amparo de la Orden de 14 de julio de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales de Andalucía, para la financiación de actuaciones en materia de protección y defensa de las personas consumidoras y usuarias, y se efectúa la convocatoria para 2010.

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Orden de 8 de agosto de 2011, por la que se acuerda exceptuar de lo dispuesto en el artículo 124.1 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, a determinados beneficiarios de subvenciones del Programa Presupuestario 44H, al amparo de la Orden de 14 de julio de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales de Andalucía, para la financiación de actuaciones en materia de protección y defensa de las personas consumidoras y usuarias, y se efectúa la convocatoria para 2010.

El artículo 124.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, establece que «No podrá pr...

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