Acuerdo de 13 de marzo de 2012, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban los planes de recuperación y conservación de determinadas especies silvestres y hábitats protegidos.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyAcuerdo

La Comunidad Autónoma de Andalucía, a través de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres, establece el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas, que clasifica las especies, subespecies, razas o poblaciones de fauna y flora presentes en Andalucía dentro de cinco categorías de amenaza en función del estado de conservación de sus poblaciones en el territorio andaluz y cuya definición se recoge en el artículo 26.

Asimismo, el artículo 27.1 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, determina que la inclusión de una especie en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas exigirá la elaboración de alguno de los siguientes planes según su clasificación: de reintroducción, de recuperación, conservación del hábitat, de conservación y, en su caso, de protección de su hábitat o de manejo.

En ese mismo sentido, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, establece en su artículo 55, en el seno del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, el Catálogo Español de Especies Amenazadas, que incluirá a los taxones o poblaciones amenazadas en dos categorías de amenaza: «en peligro de extinción» o «vulnerables», según el riesgo existente para su supervivencia. Los taxones o poblaciones incluidos en la categoría «en peligro de extinción» deberán tener aprobado un Plan de Recuperación en un plazo máximo de tres años, mientras que los taxones o poblaciones catalogados como «vulnerables» deberán contar con un Plan de Conservación en un plazo máximo de cinco años. Para la categoría «en peligro de extinción», el artículo 56 también contempla la posibilidad de designar áreas críticas que habrán de quedar definidas, junto con las áreas potenciales de reintroducción o expansión, en los respectivos Planes de Recuperación.

Tanto la Ley 8/2003, de 28 de octubre, en su artículo 27.2, como la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, en su artículo 56.1.c), contemplan la posibilidad de elaborar y aprobar planes conjuntos para dos o más taxones cuando compartan problemas de conservación, riesgos, hábitat o ámbito geográfico.

Por último, en los artículos 41 a 44 del Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus habitats, se establece el contenido, procedimiento de elaboración, así como la ejecución, seguimiento y evaluación de los planes de protección de las especies amenazadas.

Atendiendo a las exigencias y objetivos que en materia de conservación de especies se establecen en la legislación europea, estatal y autonómica, mediante el presente Acuerdo se aprueban los Planes de Recuperación y Conservación de determinadas especies silvestres y hábitats protegidos incluidos en alguna de las categorías recogidas en los Catálogos español y andaluz de especies amenazadas, dándose con ello cumplimiento a lo establecido en la Ley 8/2003, de 28 de octubre y en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

En cuanto al procedimiento seguido, el presente Acuerdo ha sido elaborado por la Consejería de Medio Ambiente; se ha informado por el Comité de Acciones para el Desarrollo Sostenible, el Consejo Andaluz de Medio Ambiente y el Consejo Andaluz de Biodiversidad; y se ha sometido a los trámites de audiencia a los interesados y de consulta de los intereses sociales e institucionales implicados, incluidas las Corporaciones Locales y las asociaciones que persiguen el logro de los principios establecidos en el artículo 2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 13 de marzo de 2012,

ACUERDA

Primero. Aprobar el Plan de recuperación y conservación de especies de altas cumbres de Andalucía; el Plan de recuperación y conservación de especies de dunas, arenales y acantilados costeros; el Plan de recuperación y conservación de aves de humedales; el Plan de recuperación y conservación de helechos; y el Plan de recuperación y conservación de peces e invertebrados de medios acuáticos epicontinentales, que figuran como anexos I a V del presente Acuerdo.

Segundo. Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 13 de marzo de 2012

José Antonio Griñán Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

José Juan Díaz Trillo

Consejero de Medio Ambiente

ANEXO I

Plan de Recuperación y Conservación de especies de altas cumbres de Andalucía

  1. Antecedentes.

    La flora vascular silvestre andaluza la componen más de 4.000 taxones, muchos de los cuales tienen una distribución exclusiva de Andalucía o se trata de taxones relícticos, con distribuciones de óptimos árticos, árticoalpinos, circumboreales, atlánticos, pónticos, norteafricanos, etc., componiendo en su conjunto una flora con un elevado porcentaje de elementos considerados raros o muy raros. Conforme se aumenta la cota altitudinal el carácter de rareza se incrementa y predominan las especies emparentadas con otras de distribución en latitudes superiores.

    Las particularidades climáticas, microclimáticas, edafológicas y biogeográficas a caballo entre dos continentes, con influencia atlántica a pesar de ubicarse en el Mediterráneo, explican la gran riqueza florística del territorio andaluz y su singularidad a nivel Europeo y mundial, tanto por su rareza como por su diversidad, con un elevado número de taxones endémicos.

    La flora típica de altas cumbres de las sierras Béticas constituye comunidades vegetales que ocupan los pisos bioclimáticos oromediterráneos y crioromediterráneos; está dominada por especies de porte almohadillado o rastrero o bien por herbáceas efímeras, bien adaptadas a unas condiciones muy estrictas caracterizadas por fuertes oscilaciones climáticas, con periodos de sequía, largos períodos con bajas temperaturas, nieve, vientos fuertes, etc. Estas condiciones extremas y el aislamiento entre poblaciones han propiciado un alto grado de endemicidad en las áreas que ocupan. Muchos de estos taxones se encuentran en un estado de conservación crítico debido a su alto grado de especialización, y a la fragmentación de sus poblaciones. Las cotas elevadas en el Mediterráneo poseen unas características climatológicas radicalmente distintas de las que se dan en altitudes inferiores, lo que convierte a las cimas de las montañas y serranías andaluzas en auténticas islas de biodiversidad. Numerosos taxones vegetales han encontrado refugio allí y, con el paso del tiempo, han quedado aisladas genéticamente generando nuevas especies y subespecies. Algo parecido ha ocurrido con las especies de fauna que habitan estos ecosistemas, especialmente a los invertebrados por presentar una menor capacidad de desplazamiento, lo que ha llevado a la aparición de numerosos endemismos algunos de los cuales se recogen en el presente Plan.

    Desde que se aprobara el Decreto 104/1994, de 10 de mayo, por el que se establece el Catálogo Andaluz de Especies de Flora Silvestre Amenazada, la Consejería de Medio Ambiente ha realizado un intenso esfuerzo por la recuperación y conservación de la flora andaluza amenazada. De forma constante se avanza en su mejor conocimiento y definición, con hitos destacados como el Libro Rojo de la Flora Vascular de Andalucía (1999 y 2000); la Flora Amenazada y Endémica de Sierra Nevada (2001); la Lista Roja de la Flora Vascular de Andalucía (2006) o la Flora Vascular de Andalucía Oriental (2009); que aportan una información actualizada sobre el estado de conservación de las especies para una adecuada catalogación legal de los taxones en posteriores revisiones del catálogo. Para ampliar el conocimiento del patrimonio florístico andaluz, estatus de conservación o factores de amenaza, la Consejería de Medio Ambiente ha puesto en marcha durante los últimos años diversos convenios de colaboración con distintos centros de investigación andaluces.

    Como trabajos destacados en la conservación de la flora de montaña merecen mención varios proyectos, siendo especialmente relevantes los proyectos LIFE que ayudaron a consolidar esta línea de trabajo. El LIFE94 NAT/E/001203 «Planes de restauración, conservación y manejo de especies de flora amenazada de Andalucía», puso en marcha una serie de medidas de gestión, como la propagación artificial de plantas en jardines botánicos y el establecimiento de un banco de semillas como medidas complementarias que permitan la utilización de dicho material en el futuro. Incluía también, entre sus acciones, una campaña de sensibilización y de información para fomentar el interés y preocupación entre la comunidad local, dado el valor económico y social de este importante patrimonio natural.

    Este proyecto vio su continuidad con el LIFE98 NAT/E/005358 «Recuperación de áreas con flora amenazada de Sierra Nevada», dirigido a la restauración y conservación de seis enclaves de Sierra Nevada, especialmente centrada en 11 especies incluidas en la Directiva de Hábitats, y con unas directrices principales similares al anterior LIFE.

    En 2004 se inicia el «Proyecto de Recuperación de Flora en peligro crítico y en peligro de las Sierras de Andalucía Oriental», el cual actuó sobre 42 especies con el objetivo de mejorar el conocimiento básico y puesta a punto metodológica de la gestión en todas esas especies de alta montaña. Todo este trabajo previo ha desembocado en la consolidación del «Programa de Recuperación de Flora de Altas Cumbres de Andalucía» (iniciado en 2007), con el que se pretende lograr una mejora en la situación de las poblaciones de flora amenazada y comunidades vegetales asociadas en el ámbito de las montañas orientales de Andalucía, como son: Sierra Nevada, Sierra de Baza, Sierra de la Sagra, Sierra de María, Sierra de las Nieves, Sierra de Gádor, Sierra de Tejeda, Almijara y...

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