ORDEN de 29 de julio de 1997, por la que se regulan determinados aspectos de organización y funcionamiento de los Centros públicos que oferten Educación de Adultos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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ORDEN de 29 de julio de 1997, por la que se regulan determinados aspectos de organización y funcionamiento de los Centros públicos que oferten Educación de Adultos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

ORDEN de 29 de julio de 1997, por la que se regulan determinados aspectos de organización y funcionamiento de los Centros públicos que oferten Educación de Adultos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, establece en su artículo 51.1 que el Sistema Educativo garantizará que las personas adultas puedan adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal y profesional, y en el artículo 52.1 prevé que las personas adultas que quieran adquirir los conocimientos equivalentes a la educación básica contarán con una oferta adaptada a sus condiciones y necesidades.

La Ley 3/1990, de 27 de marzo, para la Educación de Adultos de Andalucía, dispone en su preámbulo el marco sociológico en el que se inscribe la Educación de Adultos desde una concepción renovada de educación permanente, superando una perspectiva centrada únicamente en los procesos de alfabetización, concediendo prioridad a las actuaciones educativas orientadas al desarrollo intelectual, personal y cultural de los sectores sociales más desfavorecidos y estableciendo en sus artícul...

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