DECRETO 312/1990, de 25 de septiembre, sobre reestructuración de las Delegaciones Provinciales 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

Por Decreto del Presidente 223/1990, de 27 de julio, se produce una reestructuración de las Consejerías de la Junta de Andalucía, siendo necesario adecuar las actuales Delegaciones Provinciales a lo establecido en dicho Decreto.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 25 de septiembre de 1990,

DISPONGO:

Artículo 1 En cada provincia del territorio de Andalucía existirá una Delegación de Gobernación.

Asimismo, existirán Delegaciones Provinciales de:

Economía y Hacienda.

Obras Públicas y Transportes.

Agricultura y Pesca.

Trabajo.

Salud.

Educación y Ciencia.

Asuntos Sociales.

Cultura y Medio Ambiente.

Artículo 2. 1 Los Delegados de Gobernación además de las funciones contempladas en el artículo 4.2. de este Decreto, ejercerán las que les vienen encomendadas por el Decreto 1/1986, de 8 de enero.
  1. Las Delegaciones Provinciales ejercerán en su ámbito territorial los cometidos de las Consejerías de que dependan, de acuerdo con el Decreto del Presidente 223/1990, de 27 de julio.

Artículo 3 Las Direcciones o Gerencias Provinciales de los Organismos Autónomos actuarán bajo el superior control y coordinación de los Delegados Provinciales de las Consejerías de las que dependan según lo establecido en el citado Decreto 223/1990.
Artículo 4. 1 Al frente de cada Delegación Provincial existirá un Delegado Provincial que será nombrado o separado por Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero respectivo.
  1. A los Delegados Provinciales corresponde en su ámbito territorial:

  1. ...

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