Decreto 517/2012, de 6 de noviembre, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la Tipología de Monumento, la Iglesia de la Anunciación, en Abla (Almería).

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Cultura y Deporte
Rango de LeyDecreto
  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.º de la Constitución.

    En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, establece en su artículo 9.7.a), que el órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción de Bienes de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz es el Consejo de Gobierno.

    Así mismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, declarado vigente por la disposición derogatoria de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura y Deporte el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha inscripción.

  2. La iglesia de la Anunciación de Abla fue construida entre 1540 y 1550 sobre la antigua mezquita tras la Bula de Erección de Parroquias dada por Fray Diego de Deza en 1505. La estructura del templo resalta por su especial sencillez estructural y decorativa. Es un edificio funcional a base de muros de albañilería en el que destaca la cubierta de armadura que responde a las características de las iglesias granadinas, ya que entonces pertenecía a la Diócesis de Granada. Es uno de los escasos templos mudéjares de la provincia de Almería que se construyeron a mediados del siglo XVI, aunque modificaciones y obras de época barroca horadaron los muros laterales mediante arcos de medio punto, creando capillas con cubiertas de bóvedas ovoides, vaídas y de aristas en el lado de la Epístola, y de aristas y vaídas en el lado del Evangelio.

    La armadura ochavada de la cabecera del templo es única en la provincia de Almería, lo que nos indica su antigüedad y valor. Está formada por un semioctógono de limas moamares sobre cuadrantes decorados con estrellas de ocho puntas y lazo de cuatro. Los faldones por su parte lo hacen mediante tres frisos del mismo tema y el almizate, muy pequeño, tiene también una labor semejante. La armadura de la nave es rectangular, de limas moamares con tirantes dobles, cuadrales en las esquinas, arrocabe coronando la parte alta del muro y con tirantes decorados con estrellas de ocho puntas que se prolongan en alfardones calados unidos por crucetas a lo largo de las vigas. La tablazón, que se sitúa sobre pares y nudillos, presenta labor de menado con chellas y alfardones.

    Al valor puramente artístico hay que añadirle el interés histórico ya que la fundación de la iglesia de Abla está íntimamente ligada a la historia y orígenes de la Iglesia española pues, según la «Tradición de los siete Varones Apostólicos», San Segundo llegó a Abula (Abla) estableciendo en la misma su sede episcopal desde donde comenzará la evangelización de esta zona, quedando la religión cristiana muy arraigada en el municipio, incluso en la época de dominación musulmana.

  3. La Dirección General de Bellas Artes de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 12 de junio de 1985 (BOJA número 67, de 2 de julio de 1985) incoó procedimiento de declaración de Monumento Histórico-Artístico a favor de la Iglesia parroquial de Abla (Almería), según la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del Patrimonio Histórico-Artístico Nacional, siguiendo su tramitación según...

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