ACUERDO de 9 de mayo de 2006, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Municipio Turístico al Municipio de Conil de la Frontera (Cádiz).

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ACUERDO de 9 de mayo de 2006, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Municipio Turístico al Municipio de Conil de la Frontera (Cádiz).

ACUERDO de 9 de mayo de 2006, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Municipio Turístico al Municipio de Chiclana de la Frontera (Cádiz). La Ley 12/1999, de 15 de diciembre, del Turismo aprobada por el Parlamento de Andalucía en ejercicio de la competencia exclusiva que tiene la Comunidad Autónoma en virtud del articulo 13.17 del Estatuto de Autonomía, crea la figura del Municipio Turístico, atribuyendo al Consejo de Gobierno la competencia para efectuar la declaración.

El Decreto 158/2002, de 28 de mayo, de Municipio Turístico, modificado por el Decreto 70/2006, de 21 de marzo, regula los requisitos y el procedimiento necesarios para acceder a la declaración de Municipio Turístico estableciendo en su disposición transitoria única que los solicitantes de los procedimientos iniciados con anterioridad a la modificación deberán acreditar el cumplimiento de los nuevos requisitos y que los contenidos obligacionales de los convenios a suscribir se atendrán a las finalidades y principios inspiradores de la nueva regulación.

De conformidad con el procedimiento contenido en la referida regulación, el Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera solicitó con fecha 4 de diciembre de 2003 la declaración de Municipio Turístico ante la Delegación Provincial de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte en Cádiz, acompañando la documentación requerida, en la que se co...

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