RESOLUCION de 8 de octubre de 2003, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se abre período de información pública, referente a la solicitud de declaración en concepto de la utilidad pública para la modificación de la línea eléctrica en los términos municipales de JaujaLucena. Expte. 258/01-AT. (PP. 3862/2003). 25.511 Resolución de 2...

Sección3. Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

RESOLUCION de 8 de octubre de 2003, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se declara la utilidad pública de la modificación de la línea eléctrica AT a 66 KV en los términos municipales de Villanueva de CórdobaCardeña (Córdoba). (PP. 3863/2003).

ANTECEDENTES DE HECHO Primero. Con fecha 23 de marzo de 2001, esta Delegación Provincial emitió Autorización Administrativa, por la que se autorizaba a la Compañía Sevillana de Electricidad I, S.A.

la instalación eléctrica de una línea de alta tensión 66 KV, subestación Villanueva de CórdobaCardeña.

Dicha autorización fue publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 66, de fecha 9 de junio de 2001, y en el Boletín Oficial de la Provincia, número 110, de fecha 8 de junio de 2001.

Segundo. Con fecha 23 de marzo se aprobó el proyecto de ejecución presentado por la Compañía Sevillana de Electricidad I, S.A., de conformidad con la declaración favorable de Impacto Ambiental publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, número 84, de fecha 14 de abril de 1998.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Esta Delegación Provincial es competente para conceder la solicitada Declaración en concreto de Utilidad Pública, de acuerdo con el Título I, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías y Decreto 244/2000, de 31 de mayo, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Segundo. La Declaración en concreto la Utilidad Pública de está regulada por el artículo 53 de la Ley 54/1997, de 28 de noviembre, del Sector Eléctrico y artículo 52 de la Ley 16/1954, de 16 de diciembre, de Expropiación Forzosa.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial

R E S U E L V E Declarar la Utilidad Pública en concreto de la instalación referenciada, a los efectos de expropiación forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo

52 de la Ley 16/1954, de 16 de diciembre, de Expropiación Forzosa.

Contra la presente Resolución que no agota la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Ilmo.

Sr. Director General de Industria, Energía y Minas de esta Consejería, en el plazo de unúmcontado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Córdoba, 8 de octubre de 2003.- El Delegado, Andrés Luque García.

RESOLUCION de 7 de noviembre de 2003, de la Dirección Provincial de Granada del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se hacen públicas las subvenciones que se indican.

La Dirección Provincial de Granada del Servicio Andaluz de Empleo, al amparo de lo previsto en el Programa de «Fomento de Empleo» convocado por Decreto 141/2002, de 7 de mayo, Orden de 24 de junio de 2002, modificada por Orden 3 de marzo de 2003 de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, hace pública las subvenciones por la Creación de Puestos de Trabajo con Carácter Estable que se relacionan:

Subvención Expediente

Entidad beneficiaria

CIF

concedida GR/APC/36/2002 José Fernández Ureña DNI 24.279.733-J

8.416,00 GR/APC/31/2003 Alicia Costela Villodres DNI 24.260.809-H 12.624,00

Granada, 7 de noviembre de 2003.- El Director, Angel Javier Gallego Morales.

ORDEN de 16 de noviembre de 2003, por la que se hace pública una subvención a favor del promotor público Empresa Municipal de la Vivienda de Sevilla, EMVISESA, para la construcción de 83 viviendas protegidas de nueva construcción destinadas a arrendamiento.

Por Doña María Victoria López Espinar, en representación de EMVISESA, se solicita al amparo de las Disposiciones Adicional Quinta/Transitoria Sexta de la Orden de 27 de enero de 2000, modificadas por la Orden de 3 de agosto de 2001 y de la Disposición Adicional Segunda del Decreto 145/2001, de 19 de junio, la subvención complementaria correspondiente a las actuaciones de Viviendas Protegidas de Nueva Construcción destinadas a Arrendamiento financiadas a través del RD 1186/1998, de 12 de junio, modificado por el RD 115/2001, de 9 de febrero, y que se acogen al Régimen Autonómico de Promoción Pública en Alquiler establecido en la Sección Primera, Capitulo II, Título I, del Decreto 166/1999, de 27 de julio, modificado por el Decreto 145/2001, de 19 de junio, en virtud del contenido de las mencionadas Disposiciones, todo ello relativo a la promoción de 83 viviendas, en Calle Torregrosa, Manzana A-B-C-D-E-F-G-H-I, U.E.-TO-101 Torreblanca, fincas 14.631 a 14.693 y 14.697 a 14.801, impares inclusive, término municipal de Sevilla.

Por parte de la entidad Promotora Pública ha sido acreditado la obtención de la Calificación Provisional de Viviendas de Protección Oficial, el préstamo cualificado correspondien

te, en el marco del RD 1186/1998, de 12 de junio, modificado por el RD 115/2001, de 9 de febrero, y demás requisitos exigidos en el artículo 69 del Decreto 166/1999, de 27 de julio, y aportada en su momento la documentación que establece el artículo 41 de la Orden de 27 de enero de 2000, modificado por la Orden de 3 de agosto de 2001.

De conformidad con las Disposiciones Adicional Quinta/Transitoria Sexta, de la Orden de 27 de enero de 2000, modificadas por la Orden de 3 de agosto de 2001 y con la Disposición Adicional Segunda del Decreto 145/2001, de 19 de junio, y en relación a las ayudas obtenidas en el marco del RD 1186/1998, de 12 de junio, modificado por el RD 115/2001, de 9 de febrero y las contenidas en el artículo 67 del Decreto 166/1999, de 27 de julio, modificado por el Decreto 145/2001, de 19 de junio, la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, podrá subvencionar a fondo perdido la mencionada actuación protegida en los términos que establecen las citadas Disposiciones.

En su virtud, teniendo en cuenta el cumplimiento de las formalidades legales exigidas en la normativa aplicable, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Se concede a EMVISESA, una subvención a fondo perdido aplazada en veinticinco anualidades sucesivas coincidentes con las de amortización del préstamo, calculadas en los términos que se establecen en la Estipulación Quinta del Convenio de Ejecución suscrito al efecto. Dicha subvención tendrá como destino subsidiar las cuotas hipotecarias del préstamo cualificado con el que se financia la promoción de 83 Viviendas Protegidas de Nueva Construcción destinadas a Arrendamiento en Calle Torregrosa, Manzana A-B-C-D-E-F-G-H-I, U.E.TO-101 Torreblanca, fincas 14.631 a 14.693 y 14.697 a 14.801, impares inclusive, término municipal de Sevilla, y que asciende a un total de dos millones quinientos veintinueve mil seiscientos cuarenta y tres euros con diez céntimos (2.529.643,10 euros).

Segundo. El abono de la subvención se efectuará por anualidades según el cuadro de anualidades que se adjunta, siendo necesario para el pago de la primera anualidad aportar certificado de la entidad prestamista acreditando la fecha de terminación del período de carencia e inicio del período de amortización, así como el tipo de interés aplicable. Para poder tramitar el abono de la segunda y posteriores cantidades, deberá acreditarse mediante certificación expedida por la entidad prestamista, que los importes percibidos con anterioridad han sido aplicados en su totalidad a la amortización del crédito.

Tercero. La Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, se reserva el derecho de modificar de oficio el importe de las anualidades detalladas en el cuadro anexo, en orden a ajustarlas a los cambios en los tipos de interés del aplazamiento, fechas reales de inicio y terminación de las obras, y otras incidencias que se puedan producir durante el desarrollo del expediente.

Cuarto. Se autoriza al Viceconsejero para que dicte las instrucciones necesarias para la ejecución, desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden que entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 16 de noviembre de 2003 CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes CUADRO ANUALIDADES SUBVENCION REA Expediente: SE-00/30-31-REA.

Promoción: 83 Viviendas en C/Torregrosa, Manz. A-B-C-D-E-FG-H-I, U.E.-TO-101, Torreblanca, Fincas 14.631 a 14.693 y 14.697 a 14.801, impares inclusive.

Municipio: Sevilla.

Promotor: EMVISESA.

Anualidad

Total euros

26.325,39

53.122,87

54.071,78

55.030,18

55.998,16

66.899,31

77.909,47

79.106,25

80.315,00

81.535,83

82.768,86

84.014,22

85.272,04

86.542,44

87.825,55

89.121,49

90.430,38

91.752,36

93.087,56

94.436,11

141.881,63

189.801,61

192.117,31

194.456,16

196.818,40

99.002,74 TOTAL

2.529.643,10 El importe de las anualidades de la subvención complementaria se ha calculado con un tipo de interés anual del 4,03% TAE.

ORDEN de 16 de noviembre de 2003, por la que se hace pública una subvención a favor del promotor público Sevilla Activa, SA, para la promoción de 15 viviendas de régimen autonómico de promoción pública en alquiler Por don Antolín Isidro Aparicio, en representación de Sevilla Activa, S.A., se solicita al amparo de las Disposiciones Adicional Quinta/Transitoria Sexta de la Orden de 27 de enero de 2000, modificadas por la Orden de 3 de agosto de 2001 y de la Disposición Adicional Segunda del Decreto 145/2001, de 19 de junio, la subvención complementaria correspondiente a las actuaciones de Viviendas Protegidas de Nueva Construcción destinadas a Arrendamiento financiadas a través del RD 1186/1998, de 12 de junio, modificado por el RD 115/2001, de 9 de febrero, y que se acogen...

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