Extracto
ORDEN de 22 de noviembre de 2006, por la que se convocan pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Pedagogía (A.2015).
ORDEN de 22 de noviembre de 2006, por la que se convocan pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Pedagogía (A.2015).
En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 116/2006, de 20 de junio (BOJA núm. 127, de 4 de julio), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2006, con sujeción a lo dispuesto en el Decreto 2/2002, de 9 enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 8, de 19 de enero) modificado por Decreto 528/2004 de 16 de noviembre (BOJA núm. 232, de 26 de noviembre) y por Decreto 245/2005, de 8 de noviembre (BOJA núm. 221, de 11 de noviembre), esta Consejería de Justicia y Administración Pública, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 112, de 28 de noviembre), el Decreto 255/1987, de 28 de octubre (BOJA núm. 96, de 17 de noviembre), y el Decreto 200/2004, de 11 de mayo (BOJA núm. 94, de 14 de mayo) modificado por Decreto 132/2005, de 24 de mayo (BOJA núm. 102, de 27 de mayo), acuerda convocar concurso-oposición libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Pedagogía. BASES DE LA CONVOCATORIA Primera. Normas generales. 1. Se convoca concurso-oposición libre para cubrir 14 plazas en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Pedagogía. De conformidad con el artículo 3 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, que regula el ingreso, promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía, se reserva del total de plazas convocadas un cupo de 1, para ser cubiertas entre personas cuya minusvalía sea de grado igual o superior al 33% y así lo indiquen en el apartado correspondiente de la solicitud. Si las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad no se cubren, se incorporarán automáticamente al sistema general de acceso libre. En el supuesto de que alguna de las personas con discapacidad que se hayan presentado por el turno de reserva superase los ejercicios correspondientes pero no obtuviera plaza, y su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del turno libre, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general. 2. A las pruebas selectivas les resultará de aplicación la Ley 6/1985, de 28 de noviembre; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, de ac...Ver el contenido completo de este documento
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