ORDEN de 10 de enero de 1991, por la que se aprueba las instrucciones de contabilidad presupuestaria de gastos de la Junta de Andalucía y de control y contabilización de libramientos a justificar. 

Extracto


ORDEN de 10 de enero de 1991, por la que se aprueba las instrucciones de contabilidad presupuestaria de gastos de la Junta de Andalucía y de control y contabilización de libramientos a justificar. 

La Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, contempla en su artículo 89, entre las competencias de la Intervención General de la Junta de Andalucía como Centro Directivo de la Contabilidad, el promover el ejercicio de la potestad reglamentaria en orden a la determinación de la estructura, justificación, tramitación y rendición de las cuentas y demás documentos relativos a la contabilidad pública, pudiendo dictar las circulares e instrucciones que le permitan las leyes y reglamentos.

Con la publicación de la Orden de 19 de febrero de 1987, reguladora de la Contabilidad Presupuestaria de Gastos de la Junta de Andalucía, se culminaron los objetivos fundamentales de la primera fase del sistema informático de la contabilidad de gastos públicos de la Junta de Andalucía, consistentes en el seguimiento del Presupuesto de Gastos por programas y proyectos y en la desconcentración del sistema contable en las Intervenciones Delegadas de la Intervención General en la Consejerías, con el consecuente suministro autónomo de información a los centros gestores del gasto; objetivos en los que es preciso profundizar, ante el avance del proceso desconcentrador del gasto público, llevado a cabo mediante el Decreto 258/1987, de 28 de octubre, por el que se determinan las competencias de los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma en materia de ejecución del gasto público, y el Decreto 149/1988, de 5 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía...

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