Decreto 324/2011, de 18 de octubre, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, la iglesia de El Salvador, en Ayamonte (Huelva).

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto
  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

    En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, establece en su artículo 9.7.a) que el órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción de Bienes de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz es el Consejo de Gobierno.

    Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, declarado vigente por la disposición derogatoria de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha inscripción.

  2. El municipio onubense de Ayamonte se emplaza sobre una colina, en el estuario del río Guadiana, ocupando un lugar privilegiado en la frontera con Portugal. Fue escenario de continuos conflictos entre portugueses y castellanos hasta que, entre los años 1238-1239, la ciudad fue conquistada por el rey Sancho II de Portugal, quien la donó un año después a la Orden de Santiago. Finalmente, bajo el reinado de Alfonso XI, se constituyó el marquesado de Ayamonte, que se prolongó hasta la fecha de 1664, cuando Felipe IV de España le otorgase el título de Ciudad.

    El primitivo núcleo urbano de la ciudad se desarrolló en la zona más alta conocida con el nombre de La Villa, dando respuesta a las necesidades defensivas de la comarca. Este lugar estaba coronado por el antiguo castillo, junto al cual se mandó levantar la iglesia de El Salvador, la más antigua del municipio, que al parecer se ubica sobre las ruinas de un templo anterior dedicado a San Mateo. La actual iglesia se construyó en estilo mudéjar, siguiendo el esquema de las iglesias parroquiales del Reino de Sevilla, pese a que Ayamonte no se encontraba regida por el cabildo secular hispalense. La imagen actual del templo es fruto de dos importantes intervenciones fechadas una en el siglo XVI y otra en el siglo XVIII, la última a consecuencia de los daños sufridos durante el terremoto de 1755.

    La iglesia de El Salvador, en Ayamonte (Huelva), por sus valores históricos, artísticos, arquitectónicos, urbanísticos y culturales, se ha convertido en un edificio singular y destacado dentro del núcleo urbano y de la vida cotidiana de la ciudad, haciéndola merecedora de ser inscrita en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento.

  3. La Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Cultura, por Resolución de 7 de abril de 1982 (publicada en Boletín Oficial del Estado número 132, de 3 de junio de 1982) incoó el procedimiento de declaración de monumento histórico-artístico, a favor de la iglesia de El Salvador, en Ayamonte (Huelva), según la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico nacional, siguiendo su tramitación según lo previsto en dicha Ley, en el Decreto de 16 de abril de 1936 y en el Decreto de 22 de julio de 1958, según lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

    En relación a la instrucción del procedimiento, emitieron informe favorable a la inscripción la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, en sesión celebrada el 27 de abril de 1992 y la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Huelva, en sesiones celebradas el 28 de noviembre de 2003 y el 27 de septiembre de 2007.

    De acuerdo con la legislación aplicable, se cumplimentaron los trámites preceptivos de información pública (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 22, de 13 de marzo de 1992, y número 29, de 12 de febrero de 2004), y de audiencia al Ayuntamiento, al Obispado de Huelva y a los particulares interesados. A los interesados cuyos datos se desconocen, así como a los que habiéndose intentado la notificación no se ha podido practicar, se procedió a notificarles dicho trámite mediante publicación de anuncios en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 104, de 17 de octubre de 1992, y número 147, de 1 de agosto de 2006, y su exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Ayamonte (Huelva), donde constan los últimos domicilios conocidos.

    Durante la tramitación del procedimiento se presentaron alegaciones que fueron contestadas por la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura de Huelva con fecha de 23 de noviembre de 2006.

    Terminada la instrucción del procedimiento y de conformidad con el artículo 27.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, la iglesia de El Salvador, en Ayamonte (Huelva), que se describe en el Anexo.

    A tenor de lo establecido en el artículo 13.5 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, en relación a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede el asiento de este inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero.

    De acuerdo con el artículo 12 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede el asiento gratuito de la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

    En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 3.3 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, a propuesta del Consejero de Cultura y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 18 de octubre de 2011,

    ACUERDA

    Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, la...

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