ORDEN de 30 de julio de 2004, por la que se aprueba la Carta de Servicios de la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA
Rango de LeyOrden

ORDEN de 30 de julio de 2004, por la que se aprueba la Carta de Servicios de la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía.

Visto el proyecto de Carta de Servicios elaborado por la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria, y de acuerdo con el informe favorable de la Dirección General de Administración Electrónica y Calidad de los Servicios, en uso de la competencia que le confiere el artículo 7.1 del Decreto 317/2003, de 18 de noviembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, el sistema de evaluación de la calidad de los servicios y se establecen los Premios a la Calidad de los servicios públicos,

D I S P O N G O

  1. Aprobar la Carta de Servicios de la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía, que se incorpora como Anexo a esta Orden.

  2. Ordenar la publicación de la presente Orden y de la Carta de Servicios de la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

  3. La presente Carta de Servicios tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

    Sevilla, 30 de julio de 2004

    JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ

    Consejero de Economía y Hacienda

    A N E X O CARTA DE SERVICIOS DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA DE LA JUNTA DE ANDALUCIA P R O L O G O

    La Administración Tributaria de la Junta de Andalucía, con la finalidad de facilitar a los obligados tributarios el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y garantizar el ejercicio de los derechos que les asisten, ofrece una amplia gama de servicios que de forma permanente pretende mejorar.

    Esta Carta de Servicios nace con el objetivo de dar a conocer las distintas utilidades disponibles en los órganos que integran la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía, así como los derechos de los obligados tributarios y plasmar el compromiso continuado para alcanzar los mayores niveles de calidad, transparencia y participación, en todas sus actuaciones y procedimientos tributarios. A) DATOS DE CARACTER GENERAL

    1. Datos identificativos.

      I.I. Datos identificativos de las unidades que componen la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía.

      La Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria de la Consejería de Economía y Hacienda, dependiente de la Secretaría General de Hacienda, es el Centro Directivo responsable de la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía. Existe una Oficina Virtual dependiente de la Dirección General que se encuentra ubicada en la página web de la Consejería, www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda/, en la que se puede obtener información y realizar trámites administrativos.

      Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda son los órganos periféricos existentes en cada provincia de la Comunidad Autónoma de Andalucía que tienen atribuidas las competencias de gestión, inspección y recaudación de los tributos.

      Las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario tienen encomendada la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en el ámbito territorial de su competencia.

      I.II. Misión de la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía.

      La Administración Tributaria de la Junta de Andalucía tiene como misión prestar información y realizar la gestión, liquidación, recaudación, revisión e inspección de los tributos propios y cedidos y de otros ingresos de derecho público de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

      I.III. Identificación de la unidad responsable de la elaboración, gestión y seguimiento de la Carta de Servicios.

      La Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria es la unidad responsable de la elaboración, gestión y seguimiento de la Carta de Servicios de la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía.

      I.IV. Formas de colaboración y participación de los obligados tributarios con la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía.

      Las personas usuarias de los servicios que presta la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía en calidad de clientes podrán colaborar en la mejora de la prestación del servicio a través de los siguientes medios:

      Manifestar sus opiniones en encuestas, estudios y análisis para medir el grado de satisfacción de los contribuyentes.

      A través del Libro de Sugerencias y Reclamaciones de la Junta de Andalucía.

      Mediante las peticiones y consultas, a través de la página web de la Consejería de Economía y Hacienda (www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda).

      Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de plantear los recursos y reclamaciones previstos en la legislación vigente, contra los actos dictados por la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía.

    2. Servicios.

      Il.I. Relación de servicios que presta.

      A la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía le corresponden las siguientes atribuciones, distribuidas en los diferentes Servicios integrados en la misma:

    3. Servicio de información.

      1.1. Información generalizada de forma presencial, telefónica y a través de la Oficina Virtual: información, asistencia y orientación general sobre los servicios, oficinas y organización de la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía.

      1.2. Información tributaria de las siguientes materias: transmisiones patrimoniales, actos jurídicos documentados, operaciones societarias, sucesiones y donaciones, tributos sobre el juego e impuestos ecológicos.

      1.2.1. Resolver consultas (de forma presencial y a través de la Oficina Virtual) realizadas por los obligados tributarios respecto al régimen, clasificación tributaria, tipo al que tributan, sujeción o no, plazo de presentación e ingreso en relación con los distintos hechos imponibles que configuran los tributos propios y cedidos a nuestra Comunidad Autónoma.

      1.2.2. Informar (de forma presencial y a través de la Oficina Virtual) sobre toda la documentación requerida para la presentación de los distintos documentos relativos a transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, sucesiones y donaciones, compra y venta de vehículos usados, aplazamientos y fraccionamientos, devolución de ingresos indebidos, recursos, tasación pericial contradictoria.

      1.2.3. Orientar de forma presencial y explicar las autoliquidaciones y/o liquidaciones de los distintos tributos, recargos e intereses de demora.

      1.2.4. Ayudar y cumplimentar de forma presencial el modelo relativo a la transmisión de vehículos usados.

      1.2.5. Informar a los interesados de forma presencial sobre el estado de tramitación de su expediente.

      1.2.6. Entregar los formularios y modelos (de forma presencial y a través de la Oficina Virtual) para presentar un recurso de reposición, aportar datos requeridos en un expediente o realizar una solicitud.

      1.2.7. Informar (de forma presencial y a través de la Oficina Virtual) sobre los motivos legales de impugnación de una liquidación y/o comprobación de valores, motivos y formas de suspender una deuda, aplazamiento y fraccionamiento de las mismas.

      1.2.8. Posibilitar la consulta (de forma presencial y a través de la Oficina Virtual) sobre el valor a efectos fiscales de los inmuebles urbanos radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y de vehículos usados con carácter previo a la realización del hecho imponible, así como realizar informes vinculantes sobre el valor del inmueble.

      1.2.9. Informar sobre las deudas de cada obligado tributario (de forma presencial y a través de la Oficina Virtual).

      1.2.10. Participar en la campaña de confección de autoliquidaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en colaboración con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).

      1.2.11. Confeccionar autoliquidaciones en Internet por los obligados tributarios a través de la Oficina Virtual de la Consejería y/o descarga de los programas informáticos puestos a tal fin. Estas utilidades y programas cubren la totalidad de las autoliquidaciones existentes.

      1.2.12. Informar sobre los datos tenidos en cuenta en su expediente de: Sucesiones y donaciones, transmisiones patrimoniales onerosas, actos jurídicos documentados, operaciones societarias, tributación sobre el juego e impuestos ecológicos, devolución de ingresos indebidos, recurso de reposición, tasación pericial contradictoria, notificaciónes y recaudación ejecutiva.

      1.2.13. Poner a disposición del obligado tributario puntos interactivos de información tributaria para suministrar: Información, expedición de solicitudes y expedición de modelos tributarios.

    4. Servicio de expedición de documentos y certificados.

      2.1. Expedir etiquetas identificativas al sujeto pasivo de forma presencial y telemática a través de la Oficina Virtual en la página web de la Consejería.

      2.2. Realizar la solicitud de certificados digitales de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda, necesario para operar en la Oficina Virtual.

      2.3. Expedir de forma presencial, a través de la Oficina Virtual y expedir por correo postal o fax los siguientes certificados:

      2.3.1. Certificado de ingresos.

      2.3.2. Certificado de ser o no declarante del Impuesto sobre el Patrimonio.

      2.3.3. Certificado de estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como que no es deudor de la misma por cualquier otro ingreso de Derecho Público.

    5. Servicio de recepción de documentación tributaria.

      3.1. Recibir las autoliquidaciones y documentación complementaria de los distintos tributos.

      3.2. Establecer puestos de recepción específica para grandes presentadores (gestorías, notarías, profesionales...), para la presentación de expedientes de sucesiones, donaciones, transmisiones patrimoniales, actos jurídicos documentados y operaciones societarias.

    6. Lugar y formas de pago.

      4.1. Realizar el pago de los tributos en los siguientes lugares:

      4.1.1. En las Delegaciones Provinciales, todos los tributos.

      4.1.2. A través de las entidades colaboradoras en la gestión...

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