DECRETO 187/2003, de 24 de junio, por el que se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Montes de Málaga.

Extracto


DECRETO 187/2003, de 24 de junio, por el que se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Montes de Málaga.

P R E A M B U L O

El Parque Natural Montes de Málaga se incluye en la franja litoral mediterráneo occidental, adquiriendo en el marco regional y provincial una función primordial como barrera protectora ante las inundaciones que el río Guadalmedina había ocasionado históricamente en la propia ciudad de Málaga, así como una misión, cada vez más importante, como receptor de las necesidades de esparcimiento de los habitantes de la ciudad, por lo que está orientado hacia una doble vocación, la forestal y la oferta de servicios complementarios de tipo recreativo. Este Parque Natural fue declarado como espacio natural protegido por la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.

Esta Ley destaca la importancia de los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales como instrumentos de planificación que establecen el marco normativo adecuado para hacer posible el desarrollo sostenible dentro de su ámbito de aplicación, al permitir "preservar los recursos naturales de nuestra Comunidad Autónoma y, en especial, de los espacios naturales protegidos, en armonía con un planteamiento integral de su desarrollo económico".

Por otra parte, teniendo en cuenta que los recursos naturales son soportes físicos de una pluralidad de actuaciones, tanto públicas como privadas, en relación con las cuales existen diferentes títulos competenciales, los Planes de Ordenación de Recursos Naturales son instrumentos a través de los que se integra el medio ambiente en las demás políticas públicas sectoriales que tienen incidencia sobre los recursos naturales. De ahí que la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, al regular el contenido mínimo necesario que habrán de tener estos Planes, disponga que establecerán "los criterios de referencia orientadores en la formulación y ejecución de las diversas políticas sectoriales que inciden en el ámbito territorial".

En los Parques Naturales, los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales se desarrollan mediante los Planes Rectores de Uso y Gestión, instrumentos de planificación que tienen como función establecer la regulación específica de los usos y actividades en el espacio.

A través del presente Decreto se procede a aprobar el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Montes de Málaga, adaptados a las nuevas circunstancias ambientales y socioeconómicas que caracterizan el Parque Natural, así como al nuevo marco normativo y directrices políticas que, en materia de medio ambiente, se vienen desarrollando en el ámbito internacional y en el de la Unión Europea. En particular, con estos Planes se trata de hacer efectivo el principio orientador de estas políticas, el desarrollo sostenible, teniendo en cuenta los efectos y las experiencias puestas de manifiesto a lo largo de la vigencia de los Planes anteriores. Los citados Planes han sido elaborados por la Consejería de Medio Ambiente, informados por el Comité de Acciones para el Desarrollo Sostenible, la Junta Rectora del Parque Natural y el órgano competente en materia urbanística, sometidos a los trámites de audiencia a los interesados, información pública y consulta de los intereses sociales e institucionales implicados, incluidas las

Corporaciones Locales, y de las asociaciones que persiguen el logro de los principios establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo.

Asimismo, se ha dado cumplimiento a los demás trámites preceptivos para su aprobación por Consejo de Gobierno.

Por otra parte, de conformidad con los artículos 4 y

8.1 de la Ley 2/1989, de 18 de julio, y a petición del Ayuntamiento de Colmenar, por acuerdo adoptado en sesión celebrada el 28 de junio de 2001, se procede mediante el presente Decreto a ampliar el ámbito territorial del Parque Natural Montes de Málaga, adicionando nuevos terrenos situados en la parte noroccidental del mismo, todos pertenecientes al término municipal de Colmenar. La superficie objeto de ampliación, que es de 28 hectáreas, reúne las características ecológicas adecuadas para ello y su incorporación cuenta con la autorización de los propietarios de los terrenos y con el informe favorable de la Junta Rectora del citado Parque

Natural, adoptado en su reunión de 29 de mayo de

2002.

Asimismo, los avances tecnológicos permiten disponer actualmente de nuevos productos cartográficos que ofrecen una visión más actualizada y detallada de la realidad territorial y de los diferentes elementos que la constituyen. Por ello, y con la pretensión de contribuir a la seguridad jurídica en cuanto a la delimitación territorial de este Parque Natural, mediante el presente Decreto se precisan literaria y gráficamente los límites establecidos para el mismo en la Ley 2/1989, de 18 de julio.

En su virtud, de conformidad con la legislación vigente, a propuesta de la...

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