Resolución de 24 de enero de 2012, de la Comisión Coordinadora Interuniversitaria de Andalucía, por la que se establecen los procedimientos y los programas para la realización de la Prueba de Acceso a la Universidad para Mayores de Veinticinco Años.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorUNIVERSIDADES
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre (BOE de 24 de noviembre de 2008), por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión en las universidades públicas españolas, regula en su Capítulo V, artículos 27 al 35, la Prueba de Acceso a la Universidad para Mayores de Veinticinco Años. Como consecuencia y después de tres años de entrada en vigor el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha dictado algunas interpretaciones y aclaraciones sobre la misma que parece oportuno queden reflejadas en esta resolución.

Por otro lado, la Orden de 22 de diciembre de 1999, sobre la organización de las pruebas de acceso a la Universidad del alumnado que cursa las enseñanzas de Bachillerato previstas en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, designa a la Comisión Coordinadora Interuniversitaria como la responsable de la organización de las mismas en el ámbito de Andalucía. Por extensión, desde la implantación del denominado Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que los estudiantes son tratados en pie de igualdad en los procesos de admisión a los centros universitarios oficiales con independencia de donde hubiesen obtenido sus requisitos de acceso, también es la encargada de la organización de la Prueba de Acceso a la Universidad para Mayores de Veinticinco años.

Por consiguiente, la Comisión Coordinadora Interuniversitaria, por la presente Resolución, ha resuelto fijar los procedimientos y los programas para la realización de las citadas pruebas para mayores de veinticinco años en el ámbito de la Comunidad Andaluza, en consonancia con lo previsto en el Real Decreto 1892/2008, antes citado, y las aclaraciones e interpretaciones emanadas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Artículo 1 Requisitos.
  1. Podrán participar en la Prueba de Acceso a la Universidad para Mayores de Veinticinco Años quienes tengan cumplidos los 25 años o los cumplan antes del día 1 de octubre del año en que se presenten a esta Prueba de Acceso y que no estén en alguna de las siguientes situaciones:

    - Tener superada la Prueba de Acceso a la Universidad habiendo superado el bachillerato o el Curso de Orientación Universitaria.

    - Estar en posesión de un título de Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente.

    - Estar en posesión de un título universitario de carácter oficial.

    - Haber superado el Curso de Orientación Universitaria con anterioridad al curso 74/75.

    - Haber superado el curso Preuniversitario y las Pruebas de Madurez.

    - Estar en posesión de título de bachillerato conforme a planes de estudios anteriores a 1953.

    - Haber superado cualquier otros estudios que, por homologación o equivalencia, otorguen acceso a la Universidad (militares, eclesiásticos, etc.).

    No obstante, se podrán presentar nuevamente a la prueba para mejorar la nota quienes, habiéndola superado con anterioridad, no reúnen alguna de las situaciones excluyentes anteriores.

  2. Los candidatos podrán realizar la Prueba de Acceso a la Universidad para Mayores de Veinticinco años en la universidad de su elección.

Artículo 2 Plazo de inscripción y documentación.
  1. Durante el mes de marzo de cada curso académico, las Universidades de Andalucía abrirán un plazo de matrícula para la convocatoria única y anual de la Prueba de Acceso.

  2. A los efectos de la realización de la Prueba, el candidato presentará el impreso de solicitud de inscripción en la Universidad andaluza de su elección, acompañado de fotocopia del DNI (o documento equivalente) junto con el original para su cotejo.

  3. El solicitante especificará el idioma moderno elegido para la Fase General de la Prueba, de entre Alemán, Francés, Inglés, Italiano o Portugués, así como la rama de conocimiento elegida y las materias de la misma en que se matricula para la Fase Específica.

Artículo 3 Estructura.
  1. La valoración de la capacidad y madurez de los candidatos para acceder a los estudios universitarios se hará mediante una Prueba única que se estructura en una Fase General y una Fase Específica.

  2. La Prueba de Acceso se realizará durante el mes de abril o de mayo de cada año, en dos días consecutivos: La Fase General un viernes, en sesión de tarde, y la Fase Específica al día siguiente en sesión de mañana.

Artículo 4 Elaboración.
  1. Los ejercicios de la Prueba deberán ajustarse a los programas que se incluyen en los Anexos de esta Resolución y serán elaborados por especialistas de las universidades públicas de Andalucía.

  2. Los especialistas que elaboren los ejercicios, designados por la Comisión Coordinadora Interuniversitaria, adjuntarán tanto los criterios de corrección que especifiquen el valor asignado a cada apartado de los mismos, como cuantas precisiones sobre la ponderación de las respuestas se consideren necesarias para una valoración objetiva.

  3. Los criterios de corrección a los que se refiere el apartado anterior deberán ser conocidos por los miembros del Tribunal y servirán de base para la corrección de los ejercicios. Una vez realizados los exámenes, éstos criterios se harán públicos en los Centros donde haya tenido lugar la Prueba.

  4. Se garantizará el secreto tanto en la elaboración como en la selección de los repertorios de la prueba, así como el anonimato en la corrección.

  5. La Comisión Coordinadora Interuniversitaria determinará cuantos repertorios de exámenes con sus correspondientes criterios de corrección deberán elaborar los especialistas para cada convocatoria.

Artículo 5 Objetivos de la Fase General.

La Fase General de la Prueba tendrá como objetivo apreciar la madurez e idoneidad de los candidatos para seguir con éxito estudios universitarios, así como su capacidad de razonamiento y de expresión escrita.

Artículo 6 Ejercicios.
  1. La Fase General comprenderá los siguientes ejercicios:

    1. Primer ejercicio: Comentario de texto o desarrollo de un tema general de actualidad.

    2. Segundo ejercicio: Lengua castellana.

    3. Tercer ejercicio: Lengua extranjera. Traducción de un texto en lengua extranjera a elegir entre Alemán, Francés, Inglés, Italiano o Portugués.

  2. La duración de cada uno de los ejercicios de la Fase General será de una hora. Entre el final de un ejercicio y el comienzo del siguiente habrá un descanso de 30 minutos.

Artículo 7 Primer ejercicio

Comentario de texto o desarrollo de un tema general de actualidad.

Este ejercicio consistirá en el comentario de un texto propuesto o bien en el desarrollo de un tema general de actualidad. En este segundo caso, el aspirante deberá redactar un texto de elaboración propia siguiendo las pautas proporcionadas por el tribunal.

Artículo 8 Segundo ejercicio

Lengua castellana.

El examen constará de preguntas relativas al programa a partir de un texto. Dichas preguntas estarán relacionadas con el conocimiento de la lengua castellana y con la variedad de los discursos.

Artículo 9 Tercer ejercicio

Lengua extranjera.

Consistirá en la traducción sin diccionario de un texto de actualidad científica o social de un idioma moderno, con una extensión de entre 15 y 20 líneas (escritas con letra del tipo Arial Narrow de 12 puntos), o de entre 225 y 300 palabras. El candidato deberá demostrar que está capacitado para la comprensión e interpretación de un mensaje de carácter básico en el idioma elegido.

Artículo 10 Objetivos de la Fase Específica.

La Fase Específica de la Prueba tiene por finalidad valorar las habilidades, capacidades y aptitudes de los candidatos para cursar con éxito las diferentes enseñanzas universitarias vinculadas a cada una de las remas de conocimiento en torno a las cuales se organizan los títulos universitarios oficiales de Grado.

Artículo 11 Ramas de conocimiento y materias de cada una de ellas.

El candidato deberá elegir una de las cinco ramas de conocimiento que, junto con las materias que les pertenecen, se indican a continuación:

  1. Artes y Humanidades: Dibujo artístico; Dibujo técnico; Geografía; Historia general y del arte; Historia de la música y de la danza; Latín y Literatura universal.

  2. Ciencias: Biología; Física; Matemáticas y Química.

  3. Ciencias de la Salud: Biología; Física; Matemáticas y Química.

  4. Ciencias Sociales y Jurídicas: Economía de la empresa; Geografía; Latín y Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales.

  5. Ingeniería y Arquitectura: Dibujo técnico; Física; Matemáticas y Tecnología industrial.

Artículo 12 Ejercicios de la Fase Específica.

En esta Fase Específica de la Prueba cada candidato, una vez elegida la rama de conocimiento, se examinará de dos materias vinculadas a la misma, según se establecen en el artículo anterior, a su elección, si bien al menos una de ellas deberá ser de entre las que se indican a continuación para cada rama de conocimiento:

  1. Artes y Humanidades: Historia general y del arte; Geografía; Historia de la música y de la danza y Dibujo artístico.

  2. Ciencias: Matemáticas y Física.

  3. Ciencias de la Salud: Biología y Química.

  4. ...

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