Orden de 14 de noviembre de 2011, por la que se convoca el programa «Rutas Educativas por Andalucía» para el año 2012.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION
Rango de LeyOrden

En el año 2000 el Consejo Europeo de Lisboa subrayó, que la principal baza de Europa son las personas, concluyendo que un marco de referencia europeo debía definir las nuevas cualificaciones básicas en respuesta al mundo actual. En este contexto se desarrolló un marco de «competencias clave» necesarias en una sociedad del conocimiento.

Por otro lado, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece que entre los fines de la educación se encuentra el pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades del alumnado y recoge entre los principios relevantes de la educación, la transmisión de valores que favorecen la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad y el respeto que constituyen la base de la vida en común.

En este sentido, es imprescindible incidir desde la acción educativa en la adopción de actitudes y valores que contribuyan a crear una sociedad más desarrollada. Por otra parte, con la intención de favorecer la construcción del conocimiento relevante, se deben integrar en todas las materias las competencias básicas propuestas por la Unión Europea, la cultura andaluza en el marco de una visión plural de la cultura, la educación en valores, la interdisciplinariedad y las referencias a la vida cotidiana, a la realidad circundante, y al entorno inmediato del alumnado.

La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, establece entre los principios que orientan el currículo, así como cualquier otra actividad que se encamine a la consecución de los fines de la educación en el sistema educativo andaluz, el de procurar que el alumnado adquiera los aprendizajes esenciales para entender la sociedad en la que vive, poder actuar en ella y comprender la evolución de la humanidad a lo largo de la historia.

Así mismo, dicha Ley recoge que el sistema educativo andaluz tiene como prioridad establecer las condiciones que permitan al alumnado alcanzar las competencias básicas establecidas para las enseñanzas obligatorias.

Estas competencias básicas no se desarrollan exclusivamente a través del trabajo realizado en los ámbitos y materias del currículo. Su adquisición trasciende el campo estrictamente curricular para incluir todas aquellas acciones educativas que desarrolla el centro en sentido amplio. En este ámbito se enmarca el programa «Rutas Educativas por Andalucía», que consolida y amplía la oferta de propuestas para acciones fuera del aula a la que vienen accediendo los centros educativos de nuestra Comunidad Autónoma.

A través del programa «Rutas Educativas por Andalucía», el alumnado de los centros seleccionados acompañado de su profesorado, podrá participar en actividades fuera del aula, con una duración entre uno y siete días, por nuestra Comunidad Autónoma. Este programa se contempla como una de las formas de acción educativa que contribuirán al desarrollo personal del alumnado, y a la adquisición de competencias básicas tales como, competencia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico y natural, competencia social y ciudadana, competencia cultural y artística y competencia para la autonomía e iniciativa personal, entre otras.

Dichas competencias permitirán al alumnado conocer y valorar su patrimonio cultural y natural, contribuyendo activamente en su defensa, conservación y mejora, desarrollando valores como la responsabilidad y aprendiendo a relacionarse con otras personas e integrarse de forma participativa en actividades de grupo con actitudes solidarias y tolerantes.

Y en su virtud, a propuesta de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, de conformidad con el Decreto 121/2008, de 29 de abril, modificado por el Decreto 166/2009, de 19 de mayo, de estructura orgánica de la Consejería de Educación,

DISPONGO

Primero. Objeto.

La presente Orden tiene como objeto la convocatoria del programa «Rutas Educativas por Andalucía» para el año 2012.

Segundo. Destinatarios.

Serán destinatarios de la presente Orden los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma Andaluza, con excepción de los universitarios.

Tercero. Requisitos.

  1. El nivel educativo de los grupos participantes será, para cada una de las modalidades, el establecido en los anexos de la presente Orden.

  2. Cada centro participará con un grupo de alumnos, alumnas, acompañados por profesorado del centro, preferentemente miembros del equipo educativo de dicho alumnado. El número de personas por grupo será el establecido para cada una de las modalidades de ruta incluidas en esta convocatoria.

    Los centros, que por sus especiales características, no dispongan de un número de participantes igual al mínimo establecido (20 alumnos o alumnas, a excepción de las rutas del Legado Andalusí de 1 día, cuyo núm. mínimo será de 45 alumnos o alumnas), podrán presentar una única solicitud compartida con alumnado de otro centro hasta completar el grupo.

  3. En los grupos con alumnado de Educación Especial podrá participar el personal especializado de apoyo en número suficiente para el normal desenvolvimiento de las actividades, superación de posibles barreras arquitectónicas, etc. El número total de integrantes en este tipo de centros vendrá determinado por sus características y por el tipo de ruta.

    Cuarto. Financiación.

  4. La Consejería de Educación, con la limitación de la disponibilidad presupuestaria existente, financiará:

    1. El transporte durante la ruta. Manutención y alojamiento durante el desarrollo de la actividad, para aquellas rutas de más de un día de duración.

    2. Los responsables de coordinación de ruta para el desarrollo de la actividad.

    3. Los gastos de las diversas actividades, visitas y talleres.

    4. Los materiales de apoyo para el desarrollo de la ruta.

    5. El seguro de accidentes y responsabilidad civil.

  5. Los centros seleccionados únicamente financiarán los gastos de transporte desde el lugar de origen a la cabecera de ruta y regreso desde el lugar fin de ruta al lugar de origen.

    Quinto. Rutas y fechas.

  6. En este programa se ofertan las siguientes modalidades de rutas:

    1. Rutas del Legado Andalusí: modalidades de uno o cinco días de duración (Anexo II).

    2. Aulas Viajeras: modalidades de tres o cinco días de duración (Anexo III).

    3. Rutas Literarias: siete días de duración (Anexo IV).

    4. Rutas Científicas: siete días de duración (Anexo V).

    5. Ruta del Patrimonio Educativo Andaluz (Anexo VI).

    6. Actividades en Centros de Educación Ambiental: modalidades de uno o tres días de duración (Anexo VII).

    Las condiciones y características específicas, la descripción y distribución de rutas para los diferentes niveles educativos se establecen en los anexos correspondientes.

  7. Cada una de las modalidades de rutas se realizará durante el año 2012, en edición de primavera y/o edición de otoño.

    La concreción de las fechas para la realización de las actividades serán asignadas por la Comisión Regional de Selección para cada centro seleccionado.

  8. Las actividades e itinerario a realizar en cualquiera de las rutas descritas en esta Orden son susceptibles de modificación por la Dirección General competente, para la mejor organización y aprovechamiento de las mismas.

    Sexto. Solicitudes y documentación.

  9. Cada centro educativo participará en la convocatoria con una única solicitud según el modelo que figura como Anexo I, pudiendo solicitar una o más modalidades de ruta, para uno o más grupos del centro, siempre que reúnan los requisitos de participación en las diferentes modalidades.

  10. La participación en este programa requiere la previa autorización del Consejo Escolar del centro y la inclusión de esta actividad en la programación general anual del mismo.

  11. Las solicitudes deberán ir acompañadas de un proyecto de participación para cada una de las modalidades de ruta que se solicita y que deberá incluir al menos:

    1. Motivación y descripción del alumnado participante.

    2. Objetivos que se proponen alcanzar con la participación en el programa.

    3. Estrategias y procedimientos, tanto previos como posteriores al recorrido de la ruta, que se desarrollarán en el centro para alcanzar los objetivos del programa.

    4. Tipos de actividades que se propondrán al alumnado en relación a la ruta en la que se desea participar, especificando calendario e instrumentos de evaluación.

    Los proyectos han de prever actividades genéricas, aplicables a cualquiera de las rutas de la modalidad que se solicita.

    Séptimo. Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

  12. Los centros docentes, formularán su solicitud de forma electrónica a través de una entrada habilitada al efecto, en el Sistema de Gestión de Centros de la Junta de Andalucía «SÉNECA». Desde esa entrada se cumplimentarán los datos que aparecen reflejados en el Anexo I de solicitud de la presente Orden. Asimismo, se consignará la fecha del Consejo Escolar en la que se aprueba la participación del centro en el programa «Rutas Educativas por Andalucía», así como su inclusión en la programación general anual del centro. La solicitud será firmada de forma electrónica por la persona titular de la Dirección del centro y presentada, junto con toda la documentación, a través del Registro telemático único de la Junta de Andalucía, creado por el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos.

  13. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

    De conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo fijado en la convocatoria, resolviéndose como no admitidas, dato que deberá ser notificado a los respectivos...

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