ORDEN de 14 de julio de 2005, por la que se convocan para el año 2005 los premios bienales que concede la Consejería de Cultura.

Sección1. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN de 14 de julio de 2005, por la que se convocan para el año 2005 los premios bienales que concede la Consejería de Cultura.

El Decreto 2/1998, de 13 de enero, modificado parcialmente por el Decreto 206/2002, de 16 de julio, regula los premios que concede la Consejería de Cultura, que tienen por finalidad otorgar público testimonio de reconocimiento a la labor de aquellas personas, grupos de personas, organismos o entidades públicas o privadas que hayan contribuido con su trabajo y obra al engrandecimiento de Andalucía o su Cultura.

Según el apartado 3 del artículo 2 del citado Decreto 2/1998, los premios tienen periodicidad bienal desde su primera convocatoria, por lo que en el año 2005 corresponde convocar los premios «Pablo Ruiz Picasso», a la mejor trayectoria en el ámbito de las Artes Plásticas, «Andrés de Vandelvira», a la mejor trayectoria en el ámbito del Patrimonio Histórico, «Pastora Pavón, Niña de los Peines», a la mejor trayectoria en el ámbito del Flamenco, «José Val del Omar», a la mejor trayectoria en el ámbito de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, y «Patrocinio y Mecenazgo», a la mejor labor de promoción cultural.

Por lo expuesto, en el ejercicio de la facultad que me confiere la disposición final primera del Decreto 2/1998, de 13 de enero,

DISPONGO

Artículo 1 Premios bienales que se convocan para el año 2005.

Se convocan para el año 2005 los premios «Pablo Ruiz Picasso», a la mejor trayectoria en el ámbito de las Artes Plásticas, «Andrés de Vandelvira», a la mejor trayectoria en el ámbito del Patrimonio Histórico, «Pastora Pavón, Niña de los Peines», a la mejor trayectoria en el ámbito del Flamenco, «José Val del Omar», a la mejor trayectoria en el ámbito de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, y «Patrocinio y Mecenazgo», a la mejor labor de promoción cultural.

Artículo 2 Regulación.

La convocatoria de los premios, a que se refiere el artículo 1, se rige por el Decreto 2/1998, de 13 de enero, modificado parcialmente por el Decreto 206/2002, de 16 de julio, y por lo dispuesto en la presente Orden.

Artículo 3 Destinatarios.
  1. Podrán ser premiados la persona, grupo de personas, entidades...

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